jueves, 30 de abril de 2015

Si tienes un drone conoce las nuevas normas para volarlo en México


Los drones, ya sea para fines de entretenimiento o trabajo, son una de las tendencias que ha ido cobrando más fuerza en estos meses, por lo que en distintos países se busca regular su uso y México no es la excepción.

La Dirección General de Aeronaútica Civil (DGAC), que depende de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ha actualizado las normas bajo las que podrá operarse un drone en México y ha lanzado un documento donde las detalla.

Entre los detalles a tomar en cuenta está por ejemplo, que los drones sólo pueden ser operados durante el día, en áreas que no estén clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas, a una distancia de al menos 9.2 kilómetros de aeropuertos controlados y a 3.7 kilómetros de aeródromos no controlados y a 900 kilómetros de helipuertos.

Además se han dividido a los drones en tres categorías, de 2 kilogramos de peso, de dos a 25 kilos y de más de 25 kilos. Sólo los drones que pesen menos de 2 kilos pueden ser operados sin necesidad de una autorización de la DGAC, pero en caso de que se usen para actividades comerciales deberán contar con un seguro de daños.

Los drones de más de 2 kilos requieren autorización de la DGAC en caso de que se usen para actividades comerciales, en otro caso pueden ser operados con toda libertad dentro de clubes de aeromodelismo.

Cuando se trata de aparatos más grandes es cuando se requiere licencia de piloto y respetar los términos y condiciones que establece la DGAC.


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